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IMPORTANTES NOVEDADES PARA LOS DEUDORES HIPOTECARIOS

Hoy día quince de mayo entra en vigor la "Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social"  , con su consiguiente publicación en el B.O.E. donde consta el texto íntegro.

Como novedades más destacadas y que puedan interesar a los particulares señalamos las siguientes:

SUSPENSIÓN DEL DESAHUCIO: En este despacho consideramos que ésta es la principal novedad. Y así, si el afectado denuncia claúsulas abusivas se le da capacidad al Juez para suspender el desahucio cautelarmente, suspensión que podrá convertirse en definitiva si la ejecución está motivada por una de estas claúsulas abusivas. En este sentido, se otorga el plazo de un mes para oponerse al desahucio, pero si usted está afectado por una orden de lanzamiento, es necesario que inste inmediatamente la nulidad de esta orden si considera está incluído en este supuesto legal.

ELEVACION DE CUOTAS IMPAGADAS PARA PODER EJECUTAR: Antes de la reforma si se producía el impago de una única cuota, la entidad bancaria podía presentar la demanda de ejecución ante el Juzgado, pero ahora se requiere que sean tres las cuotas impagadas para poder proceder a la ejecución.

INTERESES DE DEMORA: Se establece un límite a los intereses que la entidad bancaria puede imponer por demora en el pago de las cuotas consistente en un máximo de tres veces el interés legal del dinero, situándose este procentaje en la actualidad en un 12%, frente a los anteriores que oscilaban entre un 18% hasta un 30%.

DACIÓN EN PAGO: Se observa esta posibilidad, pero con grandes limitaciones. Es necesario reunir una serie de requisitos tales como tratarse de familias numerosas con los deudores en paro y a cargo de menores de tres años así como no superar los 19.000 euros de renta anual, entre otros.

 

 

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